La Octava Sala de Revisión, ante el juez José Fernando Reyes Cuartas, dictaminó que se habían violado los derechos del huérfano de madre y que el niño había dejado dinero para su futuro, que debió ser manejado por su padre, pero fue destinado al uso de esos recursos. para otros fines, dejar al menor en una situación de total indefensión y desventaja, por lo que el alto tribunal ordenó a la aseguradora que tiene la cuenta cambiar de titular y pasar a ser el infante, quien podrá recibir los beneficios de pensión directa administrados por la abuela , ya que los padres también pierden la custodia. y la patria potestad dentro de los límites prescritos.
De acuerdo con las circunstancias del caso, el menor inició un proceso de tutela contra la empresa Seguros Alfa S.A., que violaría los derechos fundamentales: la seguridad social y la dignidad humana, luego de que la entidad se negara a cambiar la cuenta a la que se transfirió la pensión de sobrevivencia , tenía derecho a transferirlo. La cuenta la lleva el padre, quien tiene la guarda y custodia después de la muerte de la madre.
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